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Documento BOE-B-2015-27027

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 8 de septiembre de 2015, páginas 37745 a 37745 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-27027

TEXTO

Doña María Amor Rodríguez Diaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 182/15 (N.I.G. 33044 47 1 2015 0000357) el Sr. Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 2 de julio de 2015, AUTO QUE NO ES FIRME, declarando en concurso necesario ordinario al deudor SOCIEDAD DE FESTEJOS Y CULTURA SANTIAGO APÓSTOL DE SAMA, con CIF: G-33101544 y con domicilio en calle Victor Felguerodo, n.º 16, bajo, Sama de Langreo.

2.º- En dicho procedimiento se ha nombrado como Administrador Concursal al letrado DON IGNACIO BLANCO URIZAR, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el articulo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación: calle Cervantes n.º 14, 4.º derecha, 33004, Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: concursosfcsantiagoapostol@gmail.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la cladificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración concursal es: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º- Se ha suspendido el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal.

Oviedo, 6 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

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