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Documento BOE-B-2015-25384

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 2015, páginas 35281 a 35281 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-25384

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Las Palmas, con sede en Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000311/2015, seguido a instancias del Procurador D. Alejandro Valido Farray, en nombre y representación de la mercantil Pesca Herculina, S.A., con C.I.F. nº A-36.643.450, se ha dictado Auto el día 09/07/15, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil Pesca Herculina, S.A. con CIF nº A-36.643.450, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se nombra como Administradores del concurso a la empresa SANCHEZ MARICHAL Y UMPIERREZ AUDITORES, S.L. que designa a la persona natural para desempeñar el cargo de Administrador concursal a Don Juan Luis Ceballos Toledo, economista, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en Avda. Rafael Cabrera, nº 5, portal 5, entresuelo (Edif. Océano) 35002 Las Palmas de Gran Canaria, Telf. 928382550, Fax 928383133, y correo electrónico pescaherculinaconcursal@sanchezmarichal.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio queda sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Se acordó la acumulación de este procedimiento a los autos del Concurso de Acreedores nº 347/2013 seguidos en este mismo Juzgado, continuándose las actuaciones en éste último procedimiento y al que deberán dirigirse y hacer referencia en lo sucesivo.

Las Palmas de Gran Canaria, 27 de julio de 2015.- Secretario Judicial.

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