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Documento BOE-B-2015-24868

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2015, páginas 34536 a 34536 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-24868

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000270/2015, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Ajei Betancor Pérez, en nombre y representación de doña Magdalena Sofía Orihuela Suárez y Sergio Luis Bolaños Sánchez, se ha dictado auto el día 25 de junio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de doña Magdalena Sofía Orihuela Suárez y Sergio Luis Bolaños Sánchez con NIF n.º 43.750.441-w y 42.789.850-Y, respectivamente, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Ramón Reyes Guerra, con NIF número 78.498.723-E, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de Don Pedro Infinito, n.º 149, piso 2.º, y código postal 35012 de Las Palmas, teléfono 657.81.46.72 y fax 928.66.06.12, así como Dirección electrónica ramonreyesabogado@yahoo.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Alberto López Villarubia, Magistrado-Juez. Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 23 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.

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