Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia: Que en el procedimiento número 5/09, incidente concursal 899/15, referente al deudor Maderas Cobil SL, con CIF: B-41420092, por Auto de fecha 26 de junio de 2015 se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de Maderas Cobil SL, llevado en este mismo Juzgado con el n.º 5/09. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Madreas Cobil, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 29 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial.
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