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Documento BOE-B-2015-21085

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2015, páginas 29278 a 29278 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-21085

TEXTO

El Secretario judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 480/2015-B se ha declarado, mediante auto de fecha 9 de junio de 2015, el concurso voluntario de MADOS BCN, S.L. con NIF B-63469704 y domicilio en calle Ausias Marc, número 24, 1-2, de Barcelona, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al Administrador concursal designado Bufete Marroquín Abogados y Economistas, S.L.P. por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del Administrador concursal, sito en calle Borí i Fontestà, número 6, 5.º, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el Administrador concursal concursal@bufetemarroqui.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 9 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

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