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Documento BOE-B-2015-16667

Anuncio de la Subdirección General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico de la Dirección General del Agua, por el que se procede a la notificación por publicación del extracto del acuerdo del Consejo de Ministros del expediente sancionador tramitado por infracción al Texto Refundido de la Ley de Aguas. Interesada: S.A.T. GUADIAMAR N.º 8575.

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 25 de mayo de 2015, páginas 23165 a 23167 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2015-16667

TEXTO

No siendo posible practicar la notificación personal, por causas no imputables a la Administración, ante el resultado negativo de los dos intentos realizados en el domicilio conocido de la interesada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), se procede a notificar a la S.A.T. GUADIAMAR N.º 8575, mediante publicación del presente anuncio, el extracto del acuerdo del Consejo de Ministros adoptado en resolución del expediente señalado a continuación.

Expediente sancionador: ESA-1120/14-D.

Expedientada: S.A.T. GUADIAMAR N.º 8575.

Procedimiento: Expediente sancionador incoado por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a la entidad S.A.T. GUADIAMAR N.º 8575, por la explotación de 12 captaciones de aguas subterráneas (6 sin autorización y 6 incumpliendo la resolución de inscripción en el Catálogo de Aguas Privadas) y el riego de 767 Has sin autorización administrativa, en el sitio denominado "Hato Ratón Viejo" término municipal de Aznalcázar, Sevilla.

Acto notificado: Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de abril de 2015 por el que se acuerda imponer a la S.A.T. GUADIAMAR N.º 8575:

1.- Una sanción de un millón de euros (1.000.000 euros).

2.- Indemnizar los daños y perjuicios causados al dominio público hidráulico en la cuantía de seiscientos treinta y cuatro mil ochocientos treinta y ocho euros con cuarenta y tres céntimos de euro. (634.838,43 euros).

3.- La obligación de abstenerse de inmediato de utilizar las captaciones para el riego de las superficies no autorizadas, amparadas por la Resolución de inscripción en el Catálogo de Aguas Privadas con referencia n.º 41012.01099.00.880 (sondeos M-8-2, M-8-3, M-8-6, M-8-9, M-8-11 y M-8-13), hasta obtener la oportuna concesión que ampare la totalidad de la explotación.

3.- La obligación de inutilizar los pozos sin autorización administrativa (sondeos M-8-1, M-8-4, M-8-7, M-8-12, M-8-15 y M-8-18), mediante el sellado de los mismos, y de retirar en el plazo de quince días todo elemento que haga presumir la captación ilegal de aguas, con la advertencia de que en el caso de incumplimiento de esta obligación en el plazo indicado, y conforme a lo establecido en los artículos 93 a 101 de la LRJ-PAC, en el artículo 22 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y en los artículos 119 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas y 324 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se podrán llevar a cabo las acciones siguientes en ejecución forzosa:

a) La imposición de multas coercitivas por importe de 100.000,00 euros.

b) La ejecución subsidiaria por parte del Organismo de cuenca.

Asimismo, se advierte que será de su responsabilidad los daños y perjuicios que por incumplimiento de dichas obligaciones se puedan ocasionar al dominio público hidráulico y a terceros.

La interesada o su representante, podrá solicitar, acreditando su identidad, una copia del referido acuerdo, compareciendo de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, en la sede de este Ministerio, Dirección General del Agua, Subdirección General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico, Área de Régimen Jurídico, en la Plaza de San Juan de la Cruz, s/n., despacho C-711, 28071-Madrid, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, o del último día de exposición del mismo en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Villamanrique de la Condesa, Sevilla.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa (disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado), y de conformidad con el artículo 116 de la LRJ-PAC, la interesada podrá interponer cualquiera de los recursos que se indican:

I.- Potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Ministros, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha en la que se reciba la notificación o subsidiariamente se de publicidad de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la LRJ-PAC.

II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la fecha en la que reciba la notificación o subsidiariamente se de publicidad de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

Significándose que, en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la citada LRJ-PAC.

El cómputo de plazos para interponer los recursos indicados, comenzara el día siguiente al de la notificación por comparecencia de esta resolución o, subsidiariamente, desde el día siguiente al de finalización del plazo establecido para personarse.

Madrid, 20 de mayo de 2015.- El Subdirector General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico, Carlos Manuel Escartín Hernández.

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