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Documento BOE-B-2015-16511

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 25 de mayo de 2015, páginas 22970 a 22970 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-16511

TEXTO

Edicto

Secretario Judicial don José Vela Pérez del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 300/2015 se ha declarado, mediante auto de fecha 27-04/2015, el concurso voluntario de MOTOAPP, S.L., con domicilio en Pg. Manuel Girona, n.º 16 (08034) Barcelona, con CIF B66073214, inscrita en el tomo 42.912, folio 140, hoja registral B418643, del Registro Mercantil de Barcelona, al tiempo que su conclusión por falta de masa activa de conformidad con lo dispuesto en el art. 176 bis 4 de la Ley Concursal, y que en su Parte Dispositiva literalmente dice así:

Parte Dispositiva:

Que debía acordar y acordaba declarar en estado de concurso voluntario a la entidad MOTOAPP, S.L., con domicilio en Pg. Manuel Girona, n.º 16 (08034) Barcelona, con CIF B66073214, inscrita en el tomo 42.912, folio 140, hoja registral B418643, del Registro Mercantil de Barcelona y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal, librándose los correspondientes oficios, así como en el tablón de anuncios de este Juzgado. Comuníquese al Juzgado Decano de Barcelona.

Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Barcelona, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de Internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el referido Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos expedidos para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Concursal 38/2011, 10 de octubre, la sección primera, que se encabezará con la solicitud y testimonio de la presente resolución.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, previa consignación de la suma de 50,00 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta al número 0990 0000 52 0300-15

Así lo acuerda, manda y firma D. Francisco Javier Fernández Álvarez, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil núm. 6 de Barcelona, de lo que doy fe.

Barcelona, 27 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.

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