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Documento BOE-B-2015-12539

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2015, páginas 17434 a 17434 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-12539

TEXTO

Edicto

D.ª Yolanda Peña Jiménez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1. Que en los concursos con número de autos 114/15 y 116/15, con Números de Identificación General del procedimiento 2807914010845/2015 y 2807914028137/2015, por auto de 6 de abril de 2015, se ha declarado, respectivamente en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a los deudores D. Joaquín Garrido Sánchez, con NIF 50.738.996-F, y D.ª María Guadalupe Bernal Fernández, con NIF 51.981.498-A, domiciliados ambos en C/ Río, n.º 7, Guadarrama (Madrid).

2. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4. La identidad de la Administración concursal es el economista D. JAVIER LAIZ PLACERES, con domicilio postal en C/ General Díaz Porlier, n.º 57, 4.º C, 28006 Madrid, y dirección electrónica emc.concursal@gmail.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado (artículo 184.3 LC).

6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es https://www.@publicidadconcursal.es.

Madrid, 1 de abril de 2015.- La Secretaria judicial.

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