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Documento BOE-B-2014-801

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2014, páginas 1088 a 1088 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-801

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 258/2013, seguido a instancias del Procurador don Francisco Cornelio Montesdeoca Quesada, en nombre y representación de Producciones y Servicios Gran Canaria, S.L., se ha dictado Auto el día 29 de octubre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Producciones y Servicios Gran Canaria, S.L., con CIF, n.º B35386671, y domicilio en Camino Viejo, 32, Valsequillo de Gran Canaria (Las Palmas); el que se tramitará por el procedimiento ordinario y carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y tablón de anuncios del Juzgado.

Se designa como Administrador concursal del concurso a la Abogada, con número de colegiada 4093 del Icalpa, doña Bárbara Antonia Pérez Hernández, con DNI 78503429J, y domicilio en avda. Juan XXIII, n.º 16, 1.º A, Las Palmas de G.C. (Las Palmas), y teléfono 928 231 644, fax 928 247 351, correo electrónico barbaraperezconcurso@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en forma en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 12 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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