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Documento BOE-B-2014-694

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2014, páginas 917 a 917 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-694

TEXTO

EDICTO

Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 877/2013 en el que se ha dictado con fecha 2/12/2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Garó 4 Construcciones S.L.U. con CIF B86037181 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2013-8006331.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Garó 4 Construcciones S.L.U. con domicilio en c/ Ecuador 2, Granollers (Barcelona).

Administrador concursal: D. José Antonio Regalado Morillas, con domicilio en c/ Sant Miquel 36, 2.º, 08911 de Badalona (Barcelona) con correo electrónico: comunicacionesgrupobetulo@grupobetulo.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 10 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial, Fdo.: José Maria Valls Soriano.

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