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Documento BOE-B-2014-6089

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2014, páginas 7816 a 7816 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-6089

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 61/2010, seguido a instancias de la Procuradora doña María del Carmen Benítez López, en nombre y representación de JUAN MIGUEL SÁNCHEZ, S.L., con CIF n.º B35076751, se ha dictado Auto el día 10 de febrero de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la conclusión del concurso de la mercantil JUAN MIGUEL SÁNCHEZ, S.L., por inexistencia de bienes (176 bis LC) declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso, acordando la extinción de la persona jurídica (JUAN MIGUEL SÁNCHEZ, S.L.) y disponiendo la cancelación de sus inscripciones en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

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