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Documento BOE-B-2014-5082

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2014, páginas 6491 a 6491 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-5082

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 428/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a Juan Calixto Rico Samaniego, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 428/2012 Sección C5

NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2012 8003013

Entidad Concursada.- Juan Calixto Samaniego, con DNI n.º 28966273G

Tipo de concurso.- voluntario

Fecha del auto de declaración.- 14/01/2014.

Administradores concursal/es.- D Jorge Fayos Crespo, con domicilio profesional en Via Augusta, 94, 5.° 1.ª, 08006 Barcelona (Barcelona), teléfono 934152202 y correo electrónico auditlex.acyperitos@gmail.com.

Facultades del concursado.- intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 23 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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