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Documento BOE-B-2014-4721

ÁVILA

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2014, páginas 6032 a 6032 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-4721

TEXTO

Edicto

Don LUIS MARUGÁN CID, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Ávila, por el presente, hago saber:

1.º Que en la Sección I, Declaración Concurso Abreviado 0000700/2013, NIG 05019 41 1 2013 0020724, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 04/02/2014 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de CONSTRUCCIONES HERMANOS RINCÓN ROZAS, S.A., con CIF A05015953, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Zorrilla Monroy, local 1, Arenas de San Pedro

2.º Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, con todos los efectos previstos en el artículo 145 y siguientes de la LC, incluida la apertura de la sección quinta y cesando en su función los administradores de la concursada, que serán sustituidos por la administración concursal.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la administración concursal es la siguiente: Letrado D. Gabriel González González.

La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: Avda. de Derechos Humanos, 19, portal 2, 2.º F, 05003 Ávila.

La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: concursorrozas@yahoo.es.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ávila, 6 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

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