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Documento BOE-B-2014-4345

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 2014, páginas 5525 a 5525 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-4345

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Doña Natalia Ramos Laín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 933/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Residencial Espinelves Parc, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 933/2013, Sección C5.

NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2013 8004265.

Entidad concursada.- Residencial Espinelves Parc, S.L., con CIF número B64207053.

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 13 de enero de 2014.

Administrador concursal.- D. Enrique Álvarez Hernández, con domicilio en C. Tusset, 19, 3.º- 2.ª, 08006 Barcelona (Barcelona), teléfono 932220326 y con correo electrónico concursoespinelvesparc@adlegis.es.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 20 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

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