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Documento BOE-B-2014-39631

Anuncio del Servicio Territorial de Energía de Valencia de información pública de la Resolución de 6 de junio de 2014, de la Dirección General de Energía, de ampliación a la sociedad FONT SALEM, S.L., de la declaración de agua mineral natural, procedente de la captación número O-6673, reconocida por resolución de 22 de noviembre de 2000, de la Conselleria de Industria y Comercio, al agua captada por la obra subterránea número 7.953, Registro de Pozos número 46/RPZ/6362, denominado ELIQUA 2, término municipal de Salem (Valencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 11 de noviembre de 2014, páginas 53754 a 53757 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-B-2014-39631

TEXTO

VISTO el expediente de declaración de agua mineral natural a la procedente de la obra subterránea número 7.953, Registro de Pozos número 46/RPZ/6362, denominado ELIQUA 2, situado en la parcela 404 del polígono 2 del término municipal de Salem (Valencia), tramitado por el Servicio Territorial de Energía de Valencia a instancia de la sociedad FONT SALEM, S.L., con CIF: B-46984290.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO. Por Resolución de 22 de noviembre de 2000, de la Consellería de Industria y Comercio, se declaró agua mineral natural la procedente de la captación número O-6673, partida El Frontó, parcela 70 del polígono 3 del término municipal de Salem, provincia de Valencia, coordenadas UTM, X = 728.000 m, Y = 4.304.000 m, Z = 380 m.s.n.m.

SEGUNDO. Por Resolución de 23 de enero de 2006, de la Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia, se otorga la concesión de aprovechamiento del agua mineral natural, con destino a planta embotelladora, captada por el sondeo O-6673, y se reconoce el derecho al uso de la denominación de mineral natural, a la sociedad FONT SALEM, S.L.

Para garantizar la protección del acuífero en cantidad y calidad se delimitó el perímetro de protección, cuyos vértices expresados en coordenadas UTM referidas al Huso 30, elipsoide internacional de Hayford (Madrid 1924), datum europeo (Postdam 1950), son los siguientes:

Vértice X (m) Y (m) Z (m.s.n.m.).

1: 725950 4305035 320.

2: 728380 4304620 530.

3: 729150 4304070 620.

4: 728600 4302950 670.

5: 727680 4302160 670.

6: 727600 4301950 640.

7: 726800 4301900 610.

8: 726280 4302060 783.

9: 725500 4302080 800.

10: 724450 4302610 480.

11: 724430 4303100 415.

12: 724950 4303700 400.

13: 725450 4304500 300.

TERCERO. Con fecha 18 de febrero del 2011, la empresa FONT SALEM, S.L. presentó en el Servicio Territorial de Industria e Innovación de Valencia escrito solicitando la declaración de agua mineral natural a la procedente de la obra subterránea con número de autorización 7.953 y número del Registro de Pozos 46/RPZ/6362 denominado Eliqua 2, situado en la parcela 404 del polígono 2 del término municipal de Salem (Valencia), coordenadas UTM, X = 727.923 m., Y = 4.303.718 m. y Z = 400 m. Junto con la solicitud aporta analítica de aguas realizadas por laboratorio homologado, en concreto 12 muestras, con periodicidad mensual, comprendiendo el periodo comprendido entre noviembre del 2009 y octubre del 2010.

CUARTO. Con fecha 22 de febrero de 2012, por técnico del Servicio Territorial de Energía de Valencia se realizó la toma de muestras del agua surgente de la captación con número de registro 46/RPZ/6362, remitiendo unas muestras de agua al Instituto Geológico y Minero de España (IGME), para su análisis e informe, adjuntando además " Informe técnico para solicitar la ampliación del reconocimiento como agua mineral natural Eliqua del nuevo aprovechamiento Eliqua 2 (t.m. Salem, Valencia)", documento éste proporcionado por la empresa solicitante FONT SALEM, S.L.

QUINTO. Con fecha 6 de agosto de 2012 el Servicio Territorial de Energía de Valencia recibe informe del IGME, en el cual se manifiesta que la captación número 7953 (número registro 46/RPZ/6362) se encuentra dentro del perímetro de protección de la concesión de aprovechamiento ya otorgada para la captación número 0-6673 y que captan agua del mismo acuífero, y dado que las aguas provenientes de ambas tienen una composición físico-química similar, considera que se podría proceder a la ampliación del reconocimiento como agua mineral natural a la captación número 7953, en virtud de lo establecido en el apartado 1.º, punto b), del artículo 3 del R.D. 1798/2010, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial para el consumo humano.

SEXTO. Realizada la información pública pertinente en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 66, de 19 de marzo de 2013; «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana» número 6.988, de 21 de marzo de 2013, y «Boletín Oficial del Estado» número 67, de 19 de marzo de 2013, no se presentó alegación alguna.

SÉPTIMO. Con fecha 5 de junio de 2013, tiene entrada en la Dirección General de Energía el expediente de referencia con propuesta favorable a la ampliación del reconocimiento del Jefe del Servicio Territorial de Energía de Valencia, en virtud de lo establecido en el apartado 1.º del artículo 3 del R.D. 1798/2010, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial para el consumo humano.

OCTAVO. Con fecha de registro de salida 20 de agosto de 2013, la Dirección General de Energía, solicita informe a la Confederación Hidrográfica del Júcar y a la Dirección General de Salud Pública.

NOVENO. Con fecha 22 de octubre de 2013, tiene entrada en la Dirección General de Energía, informe de la Confederación Hidrográfica del Júcar de fecha 2 de octubre de 2013, en el sentido de que no hay inconveniente para la declaración de agua mineral natural de las aguas captadas por la obra subterránea número 7953, denominada Eliqua 2, del término municipal de Salem, con una serie de condicionantes que afectarán, en su caso, a la solicitud de concesión de aprovechamiento de las citadas aguas.

DÉCIMO. A instancia de la Dirección General de Salud Pública, se realiza con fecha 17 de febrero de 2014 una toma de muestras de agua en presencia de la parte interesada, procedentes del pozo con número de registro de pozos 46/RPZ/6362, según se desprende de la correspondiente acta, a efectos de la determinación de los parámetros analíticos desde el punto de vista microbiológico establecidos en el Anexo II del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial para el consumo humano.

UNDÉCIMO. Con fecha 6 de marzo de 2014, tiene entrada en la Dirección General de Energía, escrito de D. Antoni Folguera Ventura en representación de la mercantil FONT SALEM, S.L., mediante el que aporta el acta de toma de muestras de fecha 17 de febrero de 2014, así como informe de ensayo con número de registro 14AP00979.

DUODÉCIMO. Con fecha 11 de abril de 2014, tiene entrada en la Dirección General de Energía, informe de la Directora General de Salud Publica de fecha 1 de abril de 2014, favorable desde el punto de vista microbiológico a la ampliación del reconocimiento de las aguas captadas en el punto de emergencia O-7953, registro de pozo número 46/RPZ/6362 denominada Eliqua 2, del término municipal de Salem.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. La Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y el RD 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.

SEGUNDO. El artículo 3 del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para el consumo humano.

TERCERO. El Decreto 19/2012, de 7 diciembre, del President de la Generalitat, por el que se determina las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, el artículo 7 del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y el Decreto 193/2013, de 20 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, que establece que la Dirección General de Energía ejercerá las funciones en materia de minería.

CUARTO. El artículo 3 de la Orden 14/2011, de 31 de marzo, de la Consellería de Industria, Comercio e Innovación, por la que se establecen los órganos competentes para el ejercicio de determinadas funciones en materia de derechos mineros.

QUINTO. El apartado sexto de la Resolución de 1 de febrero de 2013, del Conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se delegan atribuciones en determinados órganos y unidades administrativas de la Economía, Industria, Turismo y Empleo.

VISTO lo anterior y los preceptos legales y reglamentarios citados y demás disposiciones de especial y general aplicación, esta Dirección General de Energía,

RESUELVE

Ampliar la declaración de agua mineral natural procedente de la captación número O-6673 reconocida por Resolución de 22 de noviembre de 2000 de la Conselleria de Industria y Comercio, al agua captada por la obra subterránea número 7953 denominada Eliqua 2, situada en la parcela 404 del polígono 2 del término municipal de Salem (Valencia), coordenadas UTM, X = 727.923 m., Y = 4.303.718 m. y Z = 400 m.s.n.m, en virtud de lo establecido en el apartado 1.º del artículo 3 del R.D. 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial para el consumo humano.

La presente resolución no puede extenderse de facto para aguas procedentes de cualquier otra surgencia, pozo, sondeo manantial, etc., existente o a realizar, si previamente y tras la oportuna tramitación reglamentaria no se acuerda por esta Consellería la calificación como mineral natural de las aguas así obtenidas.

Previamente al aprovechamiento del agua captada por la obra subterránea número 7.953, declarada mineral natural en la presente resolución, y para su puesta en explotación y comercialización, se deberá solicitar en el Servicio Territorial de Energía de la provincia de Valencia, la oportuna modificación del aprovechamiento concedido mediante Resolución de 23 de enero de 2006,de la Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia, por la que se otorga la concesión de aprovechamiento de agua mineral natural a la sociedad FONT SALEM, S.L., a la procedente de la captación número O-6673, término municipal de Salem de la provincia de Valencia, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial para el consumo humano, en el artículo 26 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y en el artículo 41 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, Reglamento General para el Régimen de la Minería.

La presente resolución es definitiva en vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De no recurrir en reposición y con arreglo a lo que disponen los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se podrá interponer recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Valencia, 6 de junio de 2014.- El Direcctor General de Energía, Antonio Cejalvo Lapeña.

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