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Documento BOE-B-2014-36476

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 18 de octubre de 2014, páginas 49513 a 49513 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-36476

TEXTO

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, por el presente, hace saber:

Que en los autos de concurso voluntario de la mercantil JAUME CIRERA I ASSOCIATS AUDITORS, S.L. (CIF B43052612 ), seguidos en este Juzgado con el n.º 390/2010-3, se ha dictado en fecha 7-10-14, auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de JAUME CIRERA I ASSOCIATS AUDITORS, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 390/10 a instancias de JAUME CIRERA I ASSOCIATS AUDITORS, S.L. y el archivo de las actuaciones por inexistencia de masa activa.

Se declara la extinción de la mercantil JAUME CIRERA I ASSOCIATS AUDITORS, S.L. (CIF n.º B-43.052.612) con domicilio en el c/ Esperanto, n.º 1, 2.º B, de Valls (Tarragona) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal, así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Para ello líbrese el mandamiento que será entregado al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Valls.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número 1 de Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 7 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

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