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Documento BOE-B-2014-31939

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 16 de septiembre de 2014, páginas 43235 a 43235 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-31939

TEXTO

Edicto

Dando publicidad a la declaración de concurso.

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dictó el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto.-Concurso voluntario 634/20134.

Tipo de concurso.-Voluntario.

Entidad Instante del Concurso y NIF.- CONSTRUCCIONES MOPRESA, S.A., A-58644832.

Fecha del auto de declaración.-30 de mayo de 2014.

Administradores concursales.-Sociedad profesional Frade Gobeo, y en su nombre don Luis Ignacio Frade Gobeo, con NIF: 50540506-F, Economista, con domicilio en Plaza de Europa, n.° 9-11, 15 D, edificio Torre Inbisa, de L'Hospitalet del Llobregat, con correo electrónico acreedores.cmopresa@fradegobeo.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Régimen de las facultades de la concursada: Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración cocursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 10 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

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