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Documento BOE-B-2014-29344

Anuncio del Gabinete Técnico de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante AECID), por el que se notifica a Network Women in Development Europe (WIDE), el Acuerdo de Trámite de Subsanación, de la subvención "La defensa de los Derechos Humanos de las mujeres en el centro de la nueva arquitectura de la ayuda".

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 11 de agosto de 2014, páginas 39477 a 39477 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-B-2014-29344

TEXTO

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible practicar la notificación, por causas no imputables a la Administración, de las previstas en el apartado número 5 de dicho precepto, mediante el presente anuncio se notifica a la entidad, Network Women in Development Europe (WIDE), el Acuerdo de Trámite de Subsanación, de la subvención "La defensa de los Derechos Humanos de las mujeres en el centro de la nueva arquitectura de la ayuda. " con número de expediente 08_CAP_1_263.

La justificación de esta subvención ha sido objeto de estudio y análisis por cuenta de la AECID, desprendiéndose del mismo un importe no justificado debidamente de 2.687,04 euros.

El texto completo del acto puede ser solicitado por el interesado en el Gabinete Técnico de la AECID, Avenida Reyes Católicos, 4, 28040 de Madrid.

El plazo concedido al beneficiario para que presente las oportunas correcciones de defectos es de 45 días hábiles a contar desde el día siguiente desde la fecha de la presente publicación.

Dichas subsanaciones podrán presentarse en los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien a través de los registros de las unidades de la estructura de la AECID en el exterior. El beneficiario señalará como destinatario de la documentación al Gabinete Técnico de la Dirección de la AECID. Contra el presente Acuerdo no cabe recurso alguno por tratarse de un acto de trámite sin perjuicio de su alegación en la interposición del pertinente recurso que, en su caso pudiera interponerse contra la Resolución que ponga fin al procedimiento.

Si el beneficiario reintegra el importe a subsanar, este reintegro deberá realizarse en efectivo, a través de transferencia en la cuenta de la AECID en el Banco de España número:

ES 64 9000 0001 20 0200003247, C/ Alcalá 50- 28014 Madrid.

En dicho reintegro el beneficiario indicará como concepto el número de expediente de la subvención y la identificación del beneficiario.

El justificante de dicho reintegro se remitirá al Gabinete Técnico de la Dirección de la AECID.

Madrid, 25 de julio de 2014.- El Director del Gabinete Técnico de la AECID.

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