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Documento BOE-B-2014-28571

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 6 de agosto de 2014, páginas 38444 a 38444 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-28571

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 488/2014, con NIG 48.04.2-14/014602, por auto de 27/6/2014, se ha declarado en concurso necesario al deudor Ginkana, S.A., con CIF A48093124, con domicilio en calle Ribera de Erandio, n.º 4 - 48950 Erandio.

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que la administración concursal está integrada por doña Susana Dávila Ruiz.

Domicilio postal: C/ Iparraguirre, n.º 38, ppal. Dcha. 48010 Bilbao (Bizkaia).

Dirección electrónica: Susana@mc3net.com

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

Infórmese en el extracto de la declaración de concurso que se publica en el BOE, que el resto de resoluciones que deban publicarse conforme a lo previsto en el art. 23 LC y demás preceptos a que aquél se remiten, se publicarán en la Sección 1.ª de Edictos concursales del Registro Público Concursal (art. 23.1 LC y art. 7 RD 892/2013).

Bilbao (Bizkaia), 27 de junio de 2014.- La Secretario Judicial.

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