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Documento BOE-B-2014-28336

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 5 de agosto de 2014, páginas 38113 a 38113 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-28336

TEXTO

Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en el concurso abreviado 312/2014-B, seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 8 de julio del 2014, auto de declaración de concurso de "Atein Naval, S.A.", con CIF: A-15033939, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ferrol.

2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio quedando sometida al ejercicio de esas facultades a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Auren Concursal, S.L.P., y en su nombre y representación el Abogado don Jaime Fernández-Obanza Carro.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Avenida Finisterre, número 25, entreplanta,15004 A Coruña.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente:concursoatenasa@lcg.auren.es

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

A Coruña, 15 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

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