Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-21612

Resolución de 4 de junio de 2014, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se somete a información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, formulada por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 16 de junio de 2014, páginas 28930 a 28933 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-21612

TEXTO

A los efectos previstos en el articulo 8.7 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones interprofesionales Agroalimentarias, y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, en su Asamblea general celebrada el 12 de abril de 2013, cuyo texto literal según certificación aportada figura en el Anexo I.

El expediente de solicitud de extensión de norma presentado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI, así como la legislación aplicable, puede ser examinado en las dependencias relacionadas en el Anexo II. Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Anexo I

Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma y de aportación económica obligatoria para la mejora de la trazabilidad y la calidad de las producciones de ibérico y coadyuvar al cumplimiento de la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico durante tres años.

En la reunión de la Asamblea general de la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, válidamente convocada y constituida según establece en su normativa estatutaria, el día 12 de abril de 2013, se tomó por mayoría del 94,5% de los votos el acuerdo siguiente:

"Objeto de la extensión de norma.

ASICI solicita esta extensión de norma para alcanzar los objetivos siguientes:

1. La mejora de la trazabilidad y la calidad de los productos y coadyuvar el cumplimiento de la Norma de Calidad de ibérico, RD 4/2014, de 10 de enero.

2. Gestión óptima de la implantación, el seguimiento y control de la extensión de norma.

Para conseguir estos objetivos se desarrollarán las siguientes acciones:

Implantación del sistema Web ÍTACA, que soportará la información de los operadores y contribuirá a la trazabilidad de la cadena. El eje vertebrador de la acción de ASICI girará en torno a la gestión de la identificación de los animales con crotales y de los jamones y paletas con precintos.

Establecer un sistema para la gestión y el control del cumplimiento de la extensión de norma.

Propuesta de actuación para la extensión de norma.

Periodo de vigencia.

Se acuerda solicitar la extensión de norma para los tres años siguientes a la entrada en vigor de la orden Ministerial correspondiente. La aportación económica tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2017.

Aportaciones económicas: Cuotas, bases de aplicación, devengo y destino.

La aportación económica total, para cada año, será de 0,30 euros para el primer año (dividida en dos cuotas de 0,15 euros por cerdo para cada una de las ramas profesionales denominadas cuota de producción y cuota de elaboración), para el segundo año de 0,20 euros por cerdo (dividida en dos cuotas de 0,10 euros por cerdo para cada una de las ramas profesionales denominadas cuota de producción y cuota de elaboración), y 0,10 euros por cerdo para el tercer año (dividida en dos cuotas de 0,05 euros por cerdo para cada una de las ramas profesionales denominadas cuota de producción y cuota de elaboración).

Aportación Productor (euros/cerdo)

Aportación Elaborador/Consignatario/Industria (euros/canal)

Primer año

0,15

0,15

Segundo año

0,10

0,10

Tercer año

0,05

0,05

La "cuota de producción" y la "cuota de elaboración" se aplicarán a todos los cerdos ibéricos sacrificados cuyas piezas se identifiquen con precintos del RD 4/2014, y se recaudarán por el matadero que sacrifique los animales. El matadero facturará a quien se consignen los animales el total de las dos cuotas, siendo la industria de destino, o el consignatario de los animales sacrificados, responsable de recuperar la "cuota de producción".

Los mataderos de cerdos ibéricos que solo presten servicios de sacrificio, a cambio de su actuación como informadores y recaudadores, no tendrán que abonar cuota de elaboración. Contribuirán a la implantación de la extensión de norma proporcionando la información global de sus operaciones, recaudando y pagando las aportaciones recaudadas.

Los mataderos que estén integrados con actividades de transformación o elaboración, asumirán la cuota de elaboración correspondiente.

Los mataderos, de servicios o no, deberán remitir mensualmente en archivo informático, el listado de operaciones realizadas consignando la información general que se solicita con la estructura que se especificará en el documento que se entregará a los mataderos, así como copia de la liquidación de las tasas sanitarias realizadas en el período o en su defecto certificado del inspector veterinario oficial reseñando el total de cerdos ibéricos sacrificados en el periodo.

Las cantidades recaudadas por los mataderos a los consignatarios serán abonadas mensualmente por transferencia a la cuenta bancaria de extensión de norma habilitada por ASICI exclusivamente para este fin, previa emisión de una factura por el importe total de las cantidades retenidas durante el periodo.

Las cuotas no recaudadas deberán ser informadas indicando el motivo, así como el consignatario de las canales. ASICI no facturará dichas cuotas al matadero.

Los modelos o textos justificativos de las facturas o retenciones derivados del Sistema de extensión de norma recogerán expresamente la finalidad y el destino de las mismas, indicando como mínimo, y según corresponda, el concepto de aportación o retención para la extensión de norma de ASICI, el número de Orden, número de Boletín Oficial del Estado y fecha de publicación de la misma.

Toda la información generada como consecuencia de la extensión de norma será confidencial y se aplicará la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal para su tratamiento.

Las organizaciones integrantes de ASICI tendrán la obligación de colaborar en la puesta en marcha y desarrollo de esta extensión de norma entre sus asociados y facilitarán a la Interprofesional el apoyo necesario para informar sobre su implantación y/o desarrollo, así como para la resolución de posibles incidencias.

Los recursos generados por las aportaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/1994, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, solo podrán destinarse para los fines establecidos en esta extensión de norma. Se destinará el 80% de los recursos para alcanzar mejorar la trazabilidad y la calidad de las producciones y coadyuvar el cumplimiento de la Norma de Calidad, RD 4/2014, de 10 de enero, y el 20% restante, a establecer el sistema para la gestión y el control del cumplimiento de la extensión de norma.

Procedimiento de recaudación de las aportaciones.

Pago de las cuotas.

El pago de las cuotas se realizará por los mataderos que las hayan recaudado al mes siguiente de la emisión de la factura por ASICI. Si por causas justificadas no se hubieran podido pagar las cuotas en el plazo mencionado, se podrá iniciar un trámite de subsanación para realizar dichos pagos.

Forma de pago.

Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria de los mataderos a la cuenta corriente dispuesta a tal efecto para esta extensión de norma por ASICI

Facturación de los pagos.

La Interprofesional emitirá facturas a las entidades por cada uno de los pagos de las cuotas realizados.

Prórroga de la extensión de norma y régimen de los recursos financieros.

Si, transcurrido el periodo de vigencia de esta extensión de norma, existiese un remanente de recursos procedentes de las aportaciones, podrán destinarse a financiar las actividades de la Interprofesional que se recojan en una nueva extensión de norma con los mismos objetivos.

Únicamente en caso de que no se produzca ninguno de los supuestos anteriores, se procederá a la liquidación del remanente, devolviéndolo proporcionalmente a las cantidades aportadas en la campaña, una vez queden liquidadas y finiquitadas todas las obligaciones de la Interprofesional.

La Asamblea faculta al Presidente y a la Junta Directiva para que proceda a realizar las acciones pertinentes ante el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente."

Anexo II

Relación de dependencias administrativas en las que puede examinarse el expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica obligatoria presentado por la Asociación Interprofesional del Cerdo Ibérico, ASICI

Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, plaza de España, Sector 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza, plaza del Pilar, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Oviedo, plaza España, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Palma de Mallorca, C/ Ciudad de Querétaro, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas, C/ Explanada de Tomás Quevedo, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Santander, C/ Calvo Sotelo, 25, 4º; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid, Jesús Rivero Meneses, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, plaza Zocodover, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, Bergara, 12, 2.ª planta; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz, Avda. Europa, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en La Coruña, C/ San Andrés, 162, 3.ª planta; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Melilla, Avda. Marina Española, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Murcia, Avda. Alfonso X El Sabio, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Pamplona, plaza de las Merindades, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Vitoria, C/ Olaguibel, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Logroño, C/ Muro de la Mata, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valencia, C/ Joaquín Ballester, 39, 9.ª, Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria - Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.º Infanta Isabel, 1, Madrid.

Madrid, 5 de junio de 2014.- El Secretario general de Agricultura y Alimentación.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid