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Documento BOE-B-2014-18767

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 27 de mayo de 2014, páginas 24923 a 24923 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-18767

TEXTO

Edicto

Doña María Jesús López Marín, Secretaria Judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado nº 167/2014-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2014 0000324, en el cual se ha dictado en fecha de 5 de mayo de 2014, Auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "Grúas y Transportes Ebrolift, S.L.", con C.I.F. número B50520170, y domicilio social en Villanueva de Gállego (Zaragoza), Polígono Industrial, Sector 4, calle Galileo Galilei, 5, Código Postal 50830.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "Navarro y LLima, SLP", con CIF B50231455, representada por la economista Dª Esther Navarro LLima, con D.N.I. 25.175.221-L; Dirección postal: Paseo Sagasta, nº 45, 3º izda., 50007 Zaragoza; Teléfono: 976-250015; Fax: 976-254012; Correo electrónico: 167-14@navarroyllima.com

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal)

Zaragoza, 15 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.

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