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Documento BOE-B-2014-16079

GERNIKA-LUMO

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 8 de mayo de 2014, páginas 21253 a 21254 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-16079

TEXTO

Edicto

Doña Leire de Lucas Almarza, Secretario judicial de la Upad n.º 2 de Primera Instancia e Instrucción de Gernika-Lumo,

Hago saber: Que en el procedimiento suspensión pagos 454/2003, seguido ante esta Upad a instancia de ESTAMPACIONES MUNGUIA, S.L. se ha dictado el auto de declaración de concurso y apertura de fase de liquidación de fecha diez de febrero de dos mil once, y asimismo auto de subsanación por omisión del anterior de fecha ocho de abril de 2011, que son como siguen:

Auto

Antecedentes de hecho

Primero.- En el presente procedimiento de Suspensión pagos se ha dictado auto declarando incumplido el convenio aprobado el día 17-12-2010 en la Junta de acreedores.

Dicho auto ha alcanzado el 07-01-2011 el carácter de firme por no haber sido recurrido.

Parte dispositiva

1. Se acuerda la apertura del concurso del deudor ESTAMPACIONES MUNGUIA, S.L. a los solos efectos de tramitar la fase de liquidación conforme a la regulación de la Ley Concursal.

2. Se declara competente este Juzgado para la tramitación de dicha fase del concurso.

3. Se abre la fase de liquidación, formándose la Sección quinta del concurso del deudor ESTAMPACIONES MUNGUIA, S.L.

4. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

5. Se declara disuelta la mercantil ESTAMPACIONES MUNGIA, S.A, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.

6. Anúnciese por edictos la apertura del concurso y de la fase de liquidación que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor difusión a nivel nacional y en otro de mayor difusión de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación.

7. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8. Procédase a la formación de la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de suspensión de pagos (artículo 163.1.2 LC). Inclúyase en el edicto la formación de dicha sección y hágase constar en el mismo que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración concursal y a las demás partes personadas.

Auto

Parte dispositiva

Se subsana la omisión advertida en el auto de fecha 10-02-2011 en los siguientes términos: La calificación del concurso del deudor ESTAMPACIONES MUNGIA, S.L., como voluntario y abreviado acordándose el nombramiento de Administrador concursal a cuyo fin se deberá librar el correspondiente oficio al Instituto de Censores Jurados de España para que proceda al nombramiento del mismo.

Asimismo, requiérase a la parte a fin de que indique los periódicos de mayor difusión anivel nacional y de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el plazo de cinco días para proceder a dar publicidad a la resolución.

Y con el fin de que sirva de publicación en forma,

Gernika-Lumo, 5 de mayo de 2014.- Secretario judicial.

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