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Documento BOE-B-2014-15764

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2014, páginas 20838 a 20838 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-15764

TEXTO

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 108/2014, seguido a instancias del Procurador doña María Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de INSTALACIONES Y MONTAJES ELÉCTRICOS LA HERRADURA, S.L., se ha dictado auto el día 2 de abril de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de INSTALACIONES Y MONTAJES ELÉCTRICOS LA HERRADURA, S.L. con C.I.F. B-35536044, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Rodrígo José Rodríguez Álvarez, Economista, con D.N.I. n.º 43.780.439-P, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en calle Domingo Rivero, n.º 2, Oficina n.º 9 - 35004 de Las Palmas de Gran Canaria, tlf. 928 247377 y fax 911238952, y dirección de correo electrónico: adconcursal1082014@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda quedar sometido al ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de abril de 2014.- Secretario Judicial.

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