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Documento BOE-B-2014-13929

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 18 de abril de 2014, páginas 18423 a 18424 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-13929

TEXTO

Doña Concepción Martínez Parra, Secretario Judicial de Jdo.Primera Instancia n.º 14 de Murcia,

Hago saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se Notifica a Alcala 120, Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L., mercantil en paradero desconocido, la sentencia que en su encabezamiento y Fallo dice literalmente así:

Sentencia n.º 17/14.

En la cuidad de Murcia, a siete de febrero de dos mil catorce.

Vistos por D. Romualdo M. Faura García, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º catorce de Murcia los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 1974/2011 entre:

Demandantes.- D. Patricio Martínez Tortola y Dª Carmen Ros Hernández y D. José Martínez Tortola y D.ª Asunción Martínez Fernández, representados por el Procurador de los Tribunales D. Pablo Jiménez-Cervantes Hernández-Gil y asistidos del Abogado D. Ángel Sánchez Martínez.

Demandada.- "Alcalá, 120 Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L.".

Causa.-Reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Pablo Jiménez-Cervantes Hernández-Gil en nombre y representación de D. Patricio Martínez Tortola y D.ª Carmen Ros Hernández y D. José Martínez Tortola y D.ª Asunción Martínez Fernández debo condenar y condeno a "Alcala 120 Promoción y Gestión Inmobiliaria, S.L., a abonar a los actores la cantidad de un millón seiscientos cincuenta y dos mil novecientos sesenta y cinco euros y treinta y ocho céntimos,(1.652.965,69 €), a razón de 826.482,69 euros para los cónyuges D. Patricio Martínez Tortola y D.ª Carmen Ros Hernández y otros 826.482,69 euros para los cónyuges D. José Martínez Tortola y D.ª Asunción Martínez Fernández, mas los intereses legales sobre estas cantidades a devengar desde la fecha de interposición de la demanda. Con expresa imposición de costas a la demandada.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación (art.455 LEC) dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente al de su notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, (art.458 LEC).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósito y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en Banesto.

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita

Así por esta mi sentencia, de la que se llevara testimonio a los autos originales de los que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

Murcia, 27 de marzo de 2014.- La Secretario Judicial.

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