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Documento BOE-B-2013-9935

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2013, páginas 13249 a 13249 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-9935

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 38/2013, con NIG 1402142M20130000042, por auto de veintidós de febrero de dos mil trece se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Enrique Hilinger González, con Documento Nacional de Identidad 38048474B, y Francisca Navarro Bravo, con Documento Nacional de Identidad 38529814F, con domicilio en Plaza Colón, número 5, portal 1, 6-1, Córdoba, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.

2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.- Se ha nombrado Administrador concursal a Pablo Franco Abogados, Sociedad Limitada y MV & Asociados Consultoría y Finanzas, Sociedad Limitada Profesional.

4.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesados en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. Deberán remitir los créditos a la dirección postal facilitada por el administrador concursal en avenida Ronda de los Tejares, número 16, portal 1, 5.º A, o por correo electrónico a la siguiente dirección: concursal@mv-asociados.es

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos.

5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Córdoba, 4 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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