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Documento BOE-B-2013-4912

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2013, páginas 6507 a 6507 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-4912

TEXTO

Edictos dando publicidad a la declaración de concurso

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 907/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Distribuidora Arnal, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.-Concurso voluntario 907/201,2 Sección C1

NIG del procedimiento.-08019-47-1-2012-8005452

Entidad concursada.-Distribuidora Arnal, S.A., con CIF n.° A08773756.

Tipo de concurso.-Voluntarlo

Fecha del Auto de declaración.-16/01/2013.

Administrador/es Concursales.-Don Manel Sole Rivera, con correo electrónico manel@farres-sole.com domicilio en C. Muralla del Carme, 22, 1.º 1.ª, Manresa y n.º de teléfono 938727601

Facultades del concursado.-Intervenido

Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 30 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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