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Documento BOE-B-2013-4125

BARCELONA

  • Publicado en:

    Boletín Oficial del Estado, núm. 30 de 4 de febrero de 2013, páginas 5523 a 5523 (1 pág.)

  • Sección:

    IV. Administración de Justicia

  • Departamento:

    JUZGADOS DE LO MERCANTIL

  • Referencia:

    BOE-B-2013-4125

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes número 111 Edificio C, 12.ª planta.

Número de asunto: Concurso voluntario 828/2012 6

Tipo de concurso: Voluntario

Entidad instante del concurso y NIF: 2009 Janisoma, S.L. B65050577

Fecha del auto de declaración: 15 de enero de 2013

Administradores concursales: D. José Cabrera Martínez en calidad de economista, NIF. número 46.309.311-F, con domicilio en Barcelona calle Paseo Sant Juan, número 30, 3.º 2.ª, con dirección electrónica jose@cabreraaditores.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 21 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

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