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Documento BOE-B-2013-39887

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2013, páginas 53549 a 53550 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39887

TEXTO

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 0000212/2012-0001 y NIG número 33044 47 1 2012 0000514, se ha dictado en fecha 7 de octubre de 2013, sentencia aprobando convenio del concursado Inca Servicios y Proyectos de Ingeniería Civil, S.A., con CIF: A-33212291, y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

1.º Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta anticipada de convenio presentada por la concursada Inca Servicios y Proyectos de Ingeniería Civil S.A., acordando el fin de la fase común.

2.º Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición de los deudores, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que son partes los concursados y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

3.º Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada, sin perjuicio de la perpetuatio legitimationis en los incidentes en que es parte.

Se concede a la Administración concursal el plazo de UN MES a contar desde la notificación de la sentencia poniendo fin a los incidentes en trámite para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

4.º Requiérase a la concursada, a fin de que, con periodicidad anual, a partir de la conclusión del período de carencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, y en La Nueva España de Oviedo, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este juzgado de su diligenciamiento. Póngase en conocimiento de la procuradora instante del concurso, Sra. García Sánchez que los edictos para el Boletín Oficial del Estado y el diario La Nueva España están a su disposición en este Juzgado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de la concursada mandamiento para el Registro Mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los administradores concursales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación que se interpondrá en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Para interponer el recurso al que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un depósito de 50 euros que se consignará en la siguiente cuenta de este juzgado, si el ingreso se efectuase en "ventanilla": 2274 0000 02 0212 12.

Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de apelación en PAC 212/12-0001.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el número de cuenta será: 0030 1846 42 000 500 1274, y en "concepto" además de lo expuesto en el párrafo que antecede se añadirá, "Juzgado Mercantil (2274 0000 02 0212 12)".

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo.

Oviedo, 7 de octubre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

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