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Documento BOE-B-2013-39654

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2013, páginas 53244 a 53244 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-39654

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, secretaria del Juzgado de lo Mercantil número dos de Alicante, hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil dos de Alicante se siguen los autos de concurso ordinario 627-12-R, de la mercantil Coloma y Pastor, S.A., con domicilio en la Avenida de la Industria, número 10, en Ibi, CIF número A-03012614, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 101 general, libro 39, folio 75 de la Sección tercera, Hoja número 586, en cuyo seno, con fecha veintitrés de septiembre de dos mil trece, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Uno. Se declara la terminación de la fase común del concurso.

Dos. Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

Tres. Se convoca la junta de acreedores.

Cuatro. Consultada la agenda de señalamientos, se pone en conocimiento por la Secretaria Judicial, que la Junta de acreedores se celebrará el próximo once de diciembre de dos mil trece a las diez horas en la Sala de Audiencia de este Juzgado (sala número nueve en la primera planta), publicándose edictos en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el BOE, éste último de forma urgente y gratuita, debiéndose aportar poder suficiente para la asistencia y voto en la citada Junta.

Cinco. No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el artículo 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, este y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, un a quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta cuarenta días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a la apertura de oficio de la fase de liquidación (artículos 114 y 143 LC).

6. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante este Juzgado (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Don Salvador Calero García, Magistrado Juez de lo Mercantil dos de Alicante. Doy fe.

Alicante, 23 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

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