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Documento BOE-B-2013-36341

Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Sevilla, de Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución y Declaración en Concreto de la Utilidad Pública de Línea Eléctrica Aérea/Subterránea de 66 kV (15 kV) D/C desde SET "Montellano" hasta SET "El Coronil", TT.MM. El Coronil y Montellano (Sevilla), expediente 262238, R.A.T.: 111224.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 2013, páginas 48870 a 48872 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2013-36341

TEXTO

Visto el expediente incoado en esta Delegación Territorial por Endesa Distribución Eléctrica, S.L., S.L.U., en solicitud de Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de Ejecución y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la misma, de fecha 28/05/2010, cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la Sección I del Capítulo II, y el Capítulo V, del Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Visto, asimismo, que en virtud de lo establecido en el art. 145 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, dentro de los plazos reglamentariamente establecidos, se presentaron las siguientes alegaciones:

D.ª Mercedes Lara Ceballos. Se desestimaron sus alegaciones al haberse sometido el proyecto al trámite de información pública, de acuerdo al RD 1955/2000, habiéndose contactado por parte de Endesa con objeto de lograr un mutuo acuerdo. No es viable el uso del apoyo ya instalado en su finca, al no haber sido diseñado para soportar una nueva carga, y no procede realizar un trazado alternativo, al no darse los requisitos indicados en el art. 153 del citado RD 1955/2000.

D. Juan Luis Jurado Vázquez, solicita replanteo del apoyo n.º 9, caso que afectase a su instalación de riego. Endesa se compromete a ajustar la ubicación en el momento del replanteo, dentro del margen de desplazamiento admisible, por tanto, la alegación presentada es en parte estimada.

D. Enrique Martínez de Goicoechea, en calidad de representante de "MONTELLANO GOLF RESORT, S.L." y D. Antonio Rivas González, en calidad de arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Montellano, alegan que el trazado de la Línea de Alta Tensión discurre por terrenos donde está prevista la construcción de un campo de golf. Se desestima la alegación al no aportar licencia de actividad del Ayuntamiento.

D. Álvaro José Fernández-Vivancos Marquina, D.ª Sacramento Fernández-Vivancos Romero, solicitan la corrección de titularidad de algunas parcelas, al ser diferentes los datos obrantes en el Registro de la Propiedad respecto los existentes en el Registro Catastral. Se toma nota de lo indicado por cada alegante y se prosiguen las actuaciones.

De acuerdo con la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, esta Delegación Territorial

RESUELVE:

Primero: Autorizar y Aprobar el Proyecto de Ejecución de la instalación eléctrica referenciada cuyas características principales son:

Características de la instalación

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L.

Domicilio: Avda. de la Borbolla, n.º 5

Emplazamiento:Desde SUB "MONTELLANO" hasta SUB "EL CORONIL"

Finalidad de la instalación: Reforzar el servicio eléctrico en la zona

LÍNEA ELÉCTRICA:

Origen: Futura Subestación "MONTELLANO"

Final: Subestación "CORONIL"

T.M. afectados: Montellano y El Coronil

Tipo: Subt. y aérea doble circuito

Longitud en Km.: 0,09 Sub y 11,231 Aéreo

Tensión en servicio: 66KV (15 kV)

Conductores: RHZI-OL 18/30 KV 1X240 y LA-180

Apoyos: Metálicos Galvanizados de celosía por perfiles angulares

Aisladores: Vidrio (U 100BS)

Presupuesto: 1197884,85 euros

Referencia: R.A.T.: 111224 EXP.: 262238

Segundo: Declarar en concreto la utilidad pública, implicando esta la Urgente Ocupación, según lo establecido en los art. 53.º y 54.º de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados Capítulo V, del Título VII del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica con las condiciones especiales siguientes:

1. La presente Resolución de Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Ejecución, habilita al titular para la construcción de la instalación eléctrica referenciada, con la excepción establecida en el párrafo anterior.

2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen.

3. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación.

4. El titular de la instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, quien podrá practicar, si así lo estima oportuno, un reconocimiento sobre el terreno de la instalación.

5. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes.

6. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en conocimiento y aceptadas por él.

7. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a ésta Delegación Territorial.

8. El plazo de puesta en marcha será de un año, contados a partir de la presente Resolución.

9. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la correspondiente Autorización de Explotación, que será emitido por esta Delegación, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el art. 132.º del R.D. 1955/2000.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.º de la Ley 4/1999, de 14 de Enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 11 de septiembre de 2013.- La Delegada Territorial, Aurora Cosano Prieto.

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