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Documento BOE-B-2013-35482

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 26 de septiembre de 2013, páginas 47757 a 47757 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-35482

TEXTO

Edicto.

Doña Esther Sáez-Benito Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 579/2011 referente al concursada Confecciones Udy, S.L., con CIF: B78068723, con fecha 16/09/2013, se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación cuya parte dispositiva es como sigue:

1.- Dispongo aprobar el plan de realización de bienes y derechos que constituyen la masa activa de Confecciones Udy, S.L., con CIF: B78068723, presentado en fecha 14/03/2013 por la Administración concursal de Confecciones Udy, S.L.

A dicho plan habrán de atenerse las operaciones de liquidación de dicha masa activa, y en aquello que no esté contemplado será de aplicación lo dispuesto en el artículo 149 de la Ley Concursal, Ley 22/03 de 9 de julio que actúan como normas legales supletorias".

Cada tres meses, a contar de la apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones, que quedará de manifiesto en la Oficina judicial.

El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de esta Ley.

2.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso; que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de la presente resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

3.- Se declara disuelta la entidad "Confecciones Udy, S.L.", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Anúnciese por edictos la aprobación del plan de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso y la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.(art. 148.2 LC). Dese cumplimiento al art. 248 LOPJ. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional 15.ª, punto 6 y 7 y la Disposición Final de la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial por la que se modifica la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; se indica la necesidad de constitución de depósito para recurrir la presente resolución.

Madrid, 16 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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