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Documento BOE-B-2013-34997

Resolución de la Autoridad Portuaria de Sevilla por la que se modifica sustancialmente concesión administrativa cuya titularidad ostenta Hispalense de Líquidos, Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2013, páginas 47129 a 47129 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2013-34997

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha resuelto con fecha 6 de marzo de 2012, aprobar la modificación de la concesión administrativa de la que es titular la entidad Hispalense de Líquidos, Sociedad Limitada, por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla adoptado en su reunión de 28 de junio de 2005, en virtud del cual ocupa una parcela, situada en la margen derecha del Canal de Alfonso XIII, en el Polígono de Torrecuéllar, en la zona de servicio del Puerto de Sevilla, con destino a la instalación de una planta de fabricación de fertilizantes y abonos líquidos, y en su virtud se autoriza la ejecución de nuevas obras en el ámbito de la concesión, tal cuales son la construcción de un cubeto, depósitos para fosfórico, planta de obtención de nitrato de cal y ampliación de las oficinas, y la ampliación del plazo de vigencia de la concesión administrativa de referencia hasta el 31 de diciembre de 2038, debiendo abonar las siguientes tasas: una tasa por la ocupación privativa del dominio público portuario de 1,924177 euros/metro cuadrado/año, en proporción a la superficie ocupada de 11.939 metros cuadrados; a partir del 1 de enero de 2028 deberá abonar la tasa de ocupación en la parte correspondiente a las obras e instalaciones revertidas y la tasa por el ejercicio de actividades comerciales industriales y de servicios del 0,24% del volumen de negocio anual, IVA no incluido, con una cuantía mínima de 26.815,14 euros hasta la fecha de reconocimiento de las obras y después del 0,30% del volumen de negocio anual, IVA no incluido, con una cuantía mínima de 40.222,71 euros.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 13 de septiembre de 2013.- Manuel A. Fernández González. Presidente.

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