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Documento BOE-B-2013-30882

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2013, páginas 41277 a 41277 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-30882

TEXTO

Edicto

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el numero 70/13 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000117), se ha dictado en fecha 12/7/13 Auto declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Promociones y Construcciones Lorences 2010, S.L. (CIF B-74157157), con domicilio sito en C/ Jerónimo Ibran, número 3, 1º H, de Oviedo.

2-Se ha nombrado como administrador concursal a D. Enrique Liborio Rodríguez Paredes, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el articulo 85 de la ley concursal y cualquier otro acto de comunicación con la administración concursal el siguiente domicilio postal: C/ Marqués de Pidal, número 6-3º C (33004) de Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: promocionesyconstrucciones lorences2010@consejolegalabogados.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación a uno u otro a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado que podrá no tener por bien hecha la comunicación de crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al publico facilitado por la administración concursal es: de lunes a viernes de 10 a 13 horas, y de lunes a jueves, de 17 a 19 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el boe y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el articulo 85 de la Ley concursal.

3-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 16 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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