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Documento BOE-B-2013-29091

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2013, páginas 38848 a 38848 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-29091

TEXTO

Edicto-cédula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Rivero, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado n.º 169/2013, de las personas físicas doña Carmen Blanca Orive Rodríguez, NIF 42003352Q y don José Luis González Rodríguez, NIF 10531578Q, se ha dictado auto de fecha 18 de junio de 2013, por doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: "Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado a la entidad doña Carmen Blanca Orive Rodríguez, NIF 42003352Q y se declara abierta la fase común del concurso. Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado a la entidad don José Luis González Rodríguez, NIF 10531578Q y su conclusión. Se nombra a la Letrada doña María Gloria Padrón Pérez, miembro único de la administración concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor que realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5.º y 85 de la Ley Concursal -redacción dada por Ley 38/2011, de 10 de octubre-, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este auto (B.O.E.), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del Juzgado por la administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo. Una vez se haya producido la aceptación del cargo por la Administración concursal, se publicará el edicto con extracto de esta resolución en el BOE, se librará mandamiento al Registro Mercantil y los oficios a los Juzgados Decanos de cada partido judicial. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Contra este auto no cabe recurso".

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, del 27 de marzo). Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, la persona la Letrada colegiada n.º 2536, doña María Gloria Padrón Pérez, con D.N.I. 43784977-S, con domicilio en avenida Santa Cruz, n.º 149, 2.º g 38611 Granadilla de Abona, teléfono-fax 922393126 y correo electrónico gloriapadron@hotmail.com extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 9 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

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