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Documento BOE-B-2013-22335

Anuncio del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), por el que se publica la notificación del inicio del procedimiento de Cancelación de la Inscripción en el Registro de ONGD a la Fundación Internacional de Sístesis Arquitectónica.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2013, páginas 29731 a 29731 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-B-2013-22335

TEXTO

El artículo 11.1 del Reglamento del Registro de ONGD establece que "la inscripción de una Organización no Gubernamental de Desarrollo podrá ser cancelada, a instancia de parte interesada o de oficio, cuando conste fehacientemente que la misma ha dejado de cumplir con algún o algunos de los requisitos necesarios para dicha inscripción según el artículo 32 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo". Asimismo, "con carácter previo, se dará audiencia a la Organización no Gubernamental de Desarrollo afectada, a fin de que pueda realizar las alegaciones pertinentes".

Dicho procedimiento podrá iniciarse de oficio por acuerdo del órgano competente por propia iniciativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por su parte, el artículo 32 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo establece que "las organizaciones no gubernamentales de desarrollo habrán de gozar de plena capacidad jurídica y de obrar, y deberán disponer de una estructura susceptible de garantizar suficientemente el cumplimiento de sus objetivos".

Los reiterados incumplimientos por parte de la entidad de las obligaciones impuestas por la AECID, así como la publicación en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" de su Declaración de Insolvencia obligan a concluir que la Fundación Internacional de Síntesis Arquitectónica no cuenta con una estructura susceptible de garantizar el cumplimiento de sus fines, por lo que ha dejado de cumplir con los requisitos necesarios para su inscripción en el Registro de ONGD (arts. 32 y 33 de la Ley 23/1998, de 7 de julio).

Por todo lo anterior, mediante acuerdo de 3 de mayo de 2013, la dirección de la AECID inició procedimiento de cancelación de la inscripción en el Registro de ONGD.

No siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración de las previstas en el apartado número 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se efectúa la misma mediante el presente anuncio.

El correspondiente expediente obra en el Registro de ONGD, c/ Beatriz de Bobadilla, n.º 18, de Madrid.

Madrid, 6 de junio de 2013.- La Jefe del Departamento de Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo, Guadalupe Rubio Pinillos.

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