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Documento BOE-B-2013-2142

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2013, páginas 2811 a 2811 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-2142

TEXTO

Edicto

Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante.

Por el presente, se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Zaragoza Almendras, S.A., con el número de registro 000211/2012 I, en cuyo seno se ha dictado Sentencia de fecha 19 de diciembre de 2012, por el que se aprueba el convenio presentado, cuya parte dispositiva es de este tenor literal:

Fallo

Se aprueba el convenio presentado por el deudor Zaragoza Almendras, S.A., con cese de todos los efectos de la declaración de concurso, y en concreto el cese de los administradores concursales en sus funciones de intervención debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de quince días, continuando desempeñando su cargo a efectos de tramitar la sección de calificación y en los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de autos y sentencias que se dicten en ellos.

Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC).

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.

Líbrese mandamiento al Registrador Mercantil, Registros de la Propiedad, oficio al Boe, que serán entregados al procurador de la concursada para su curso y gestión.

Modo de impugnación: Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante, que deberá interponerse en el plazo de veinte días, y previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "Pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos197.4 LC y Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre)

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Se ha dado la publicidad prevista en Ley. Doy fe.

Alicante, 8 de enero de 2013.- El/La Secretario Judicial.

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