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Documento BOE-B-2013-20684

ELCHE

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 30 de mayo de 2013, páginas 27599 a 27599 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-20684

TEXTO

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elche,

por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado - 000539/2012, siendo la concursada José Moya Molina y Modesta Orts Jaén, respectivamente. con CIF/NIF número 21860082P, 21905702L con domicilio en Partida Cachap 95 (antes Partido del Bosch), Crevillente, en el que se ha dictado Decreto de fecha 17-5-13 que contiene los siguientes pronunciamientos:

1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso al concurrir el supuesto previsto en el artículo 191.6 de la Ley Concursal, procediéndose a la apertura de la Sección 5.ª

2.- Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3.- Concurriendo en el/los concursado/s la condición de persona/s natural/es, la apertura de la liquidación producirá la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 25.3 y descendientes bajo su potestad.

4.-Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5.- Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la LC en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo.

6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).

7.- Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos (artículos 24 y 144 de la LC) firme que sea la presente resolución.

8.- En el plazo de diez días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC, por así disponerlo el artículo 191 LC.

9.-La apertura de la sección 6.ª de calificación no se producirá hasta que se dicte resolución por la que se apruebe el plan de liquidación o se ordene la liquidación conforme a las normas legales supletorias.

Elche, 17 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

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