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Documento BOE-B-2013-16649

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 3 de mayo de 2013, páginas 22234 a 22234 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-16649

TEXTO

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 6/2010, seguido a instancias del Procurador don Joaquín García Caballero, en nombre y representación de Caja Rural de Córdoba, Sociedad Cooperativa de Crédito, frente a la mercantil Candy Star, S.L., se ha dictado auto el día 19 de abril de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la conclusión del concurso de la mercantil Candy Star, S.L. por inexistencia de bienes (176 bis LC) declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso, acordando la extinción de la persona jurídica (Candy Star, S.L.) y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas, 19 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

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