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Documento BOE-B-2013-16630

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 3 de mayo de 2013, páginas 22215 a 22215 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-16630

TEXTO

Edicto

Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente:

Hago saber que en fecha 23 de abril de 2013, se ha dictado sentencia de aprobación del convenio de la mercantil Transbanyeres, S.L., con C.I.F número B-03876885, que se tramita en este Juzgado con el número 284/12-R, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se aprueba el convenio presentado por el deudor Transbanyeres, S.L., con cese de todos los efectos de la declaración de concurso, y en concreto el cese de los administradores concursales en sus funciones de intervención debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de quince días, continuando desempeñando su cargo a efectos de tramitar la sección de calificación y en los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de autos y sentencias que se dicten en ellos.

Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC.)

Se acuerda la cancelación de la declaración de concurso y de embargos acordados en ejecuciones singulares en los términos del fundamento jurídico 4.º

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose, asimismo, los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.

Líbrese mandamiento al Registrador Mercantil, oficio al BOE, que serán entregados al procurador de la concursada para su curso y gestión.

Modo de Impugnación: Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante, que deberá prepararse en el plazo de cinco días y que se tramitará con carácter preferente, y previo depósito de la suma de 50 euros que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el Grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos197.4 LC y disposición adicional decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009, de 3 de noviembre).

Alicante, 23 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

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