Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-16454

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2013, páginas 21876 a 21876 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-16454

TEXTO

Edicto

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 46/2013-D y NIG nº 36038 47 1 2012 0000393, se ha dictado en fecha 19.03.13 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Inprocar de Carril, S.L., con CIF B-36.341.410, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plaza Doctor Carus, 7, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).

2º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a José María Alonso Fernández, con domicilio postal en la calle López de Neira, núm. 3, 3º, oficina 311, Vigo y dirección electrónica señalada inprocar@nostrum.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º Abrir, igualmente, la fase de liquidación del presente concurso por petición de la concursada, formándose con testimonio de la presente la sección Quinta. Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Disolver la entidad concursada, Inprocar de Carril, S.L., y cesar a los administradores sociales, que son sustituidos por la administración concursal. Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

Pontevedra, 1 de abril de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid