Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-1542

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2013, páginas 2030 a 2030 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-1542

TEXTO

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en Concurso Voluntario número 916/07, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la fase de liquidación de conformidad con lo prevenido en el artículo 142.3 de la Ley Concursal, auto que contiene el siguiente particular:

"Acuerdo: Declarar la transformación de la fase de convenio en fase de liquidación del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Injeccions Plàstiques del Ter, con Número de Identificación Fiscal B17681305, y todo ello en los términos previstos en el artículo 142.3 de la Ley Concursal, por imposibilidad de cumplimiento de los pagos comprometidos en el Convenio y de las obligaciones contraídas con posterioridad a la aprobación de aquél.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

Consecuentemente, se acuerda la reposición de la Administración concursal formada por el Letrado don Emili Puig Ridaura, en el ejercicio de las funciones derivadas de su cargo. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la citada Administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Declarar la rescisión del Convenio y la desaparición de los efectos sobre los créditos a que se refiere el artículo 136 de la Ley Concursal, repuntándose legítimos aquellos pagos ya efectuados en virtud de dicho Convenio.

Declarar producido el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones, tal y como dispone el artículo 146 de la Ley Concursal.

Inscríbase, asimismo, la apertura de la fase de liquidación, librándose el oportuno mandamiento, al Registro Mercantil de Girona.

En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Se ordena la apertura de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con el testimonio de esta resolución."

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos, 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 18 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid