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Documento BOE-B-2013-13543

Anuncio de la Notaría de doña Montserrat Álvarez Sánchez sobre subasta pública notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2013, páginas 18016 a 18017 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-13543

TEXTO

Montserrat Álvarez Sánchez, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Lora del Río, distrito de su nombre,

Hago saber: Que en mi notaría, sita en Lora del Río (Sevilla), Avenida de La Campana, Bloque 5, Local 1, se tramita la venta extrajudicial (Expediente 1/2013), conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Descripción: Urbana. Piso letra B. de la planta tercera, si bien en el catastro es la segunda, al haberse considerado la planta primera como planta baja, al cual se llega por la escalera de uso común para todos y se penetra en él por la puerta que queda a la izquierda en el descanso subiendo la dicha escalera, de la casa número seis, de la calle Helecho, de la villa de Lora del Río; mide cincuenta y dos metros y cuarenta y cinco decímetros cuadrados (52,45 m2).

Linda: derecha entrando, con el vacío de la calle de su situación; izquierda, con la casa número trece de la calle Matallana; fondo, con el vuelo de dicha calle Matallana; y frente, con el piso letra A de esta misma planta y el vacío del patio de uso común.

Queda adscrito a este piso el derecho al disfrute en común del patio contiguo o adyacente al edificio del que forma parte.

Cuota: 12,50%.

Datos catastrales: Su referencia catastral es 7514916TG7771S0006SG.

Título: Corresponde la finca antes descrita a don David Corona López y doña Macarena Ganfornina Redondo, de por mitad y en proindiviso, con carácter privativo, en virtud de escritura otorgada en Fuentes de Andalucía, el día 8 de marzo de 2007, ante su Notario don Juan Enrique García Jiménez, bajo el número 336 de Protocolo.

Inscripción: Registro de la Propiedad de Lora del Río. Tomo 772, libro 252, folio 176, finca número 5.677.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi notaría. La 1.ª y única subasta el día 21 de mayo de 2013, a las 13:00 horas, de acuerdo con los siguientes apartados:

1. La realización del valor del bien se llevará a cabo a través de una única subasta para la que servirá de tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, esto es, por la cantidad de 94.050 euros. No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.

2. Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por cien del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

3. Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca o fincas por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

4. Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por cien del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

5. Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

6. Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236 n. del Reglamento Hipotecario.

Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría o en el establecimiento designado al efecto una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1ª y única subasta, mediante cheque bancario a nombre de la Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.

Lora del Río, 2 de abril de 2013.- Notario.

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