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Documento BOE-B-2013-11877

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2013, páginas 15815 a 15816 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-11877

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Se hace saber: que en el procedimiento concursal 53/2013, seguido a instancias de la Procuradora doña Margarita del Rosario Martín Rodríguez, en nombre y representación de Raminova Inversiones, S.L., se han dictado Autos el día 4 y 11 de marzo de 2013, en cuya partes dispositivas constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Raminova Inversiones, S.L., con CIF n.º B36.514.115, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a la sociedad Alamar Estudios Jurídicos, S.L.P., que designa para que lo represente a don Marcelino Alamar Llinás como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Buenos Aires, n.º 3, CP 35002, de Las Palmas, telf.: 928.401.447 y fax: 96.394.07.00, correo electrónico: abogados@alamar.es, y como Auxiliar delegado de la administración concursal a don Antonio Arenas Rodrigáñez, que designa como domicilio la calle de San Agustín, 13, piso 3.º, oficina 5, CP 35001, Las Palmas, teléfono: 928.310.274, fax: 928.310.886, móvil: 610.77.67.33, correo electrónico: aarenas@coalca.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención por parte de la administración concursal mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Se acumula el presente procedimiento al Concurso 42/2011 de este Juzgado de Ramiterra, S.L., en atención a las masas pasivas de los mismos, al ser la misma tenedora de participaciones en Ramiterra, mercantil de mayor volumen del grupo, siendo el domicilio social de la mercantil concursada la ciudad de Pontevedra.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 12 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.

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