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Documento BOE-B-2012-7119

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 2012, páginas 9560 a 9560 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-7119

TEXTO

Edicto

D.ª Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid anuncia

Que en los autos de concurso voluntario abreviado n.º 1060/2010 instado por el procurador Don Antonio García Martínez, en nombre y representación de de Servimad Servicios Integrales de Empresa S.L., con CIF: B-82474271, en el cual se ha dictado auto con fecha 21 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es como sigue:

1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Servimad Servicios Integrales de Empresa, S.L.

2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. Se declara disuelta la entidad Servimad Servicios Integrales de Empresa, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

6. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC.

Madrid, 21 de febrero de 2012.- El/La Secretario Judicial.

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