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Documento BOE-B-2012-6399

Anuncio de la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia sobre notificación del Acuerdo de inicio de expediente sancionador de 2 de diciembre de 2011, al interesado en el expediente iniciado ante este órgano.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2012, páginas 8615 a 8615 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-B-2012-6399

TEXTO

Por medio del presente anuncio, y una vez agotados previamente los medios de notificación previstos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), se pone en conocimiento de la Entidad Asociación de Trabajadores e Inmigrantes Marroquíes, que tuvo su último domicilio conocido en la Calle Canillas, 56 de Madrid.

Que con fecha 2 de diciembre de 2011, se ha dictado por la entonces Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad el Acuerdo de inicio de expediente sancionador en virtud de determinados hechos descritos en el apartado IV del informe de control financiero que podrían considerarse infracción administrativa en materia de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Así, en el apartado V. Conclusiones, se detallan las conductas sancionables y la tipificación de la infracción:

- La concurrencia con otras ayudas y subvenciones percibidas por el beneficiario detectada en los cuatro primeros programas, por un importe de 39.870,54 euros (Artículo 58 de la Ley General de Subvenciones).

A este supuesto de infracción podrá ser de aplicación las sanciones previstas en el artículo 63 de la Ley General de Subvenciones.

Lo que se notifica a fin de que esa Entidad, en el plazo de quince días contados desde la publicación de este anuncio, pueda aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes a su derecho y proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Las alegaciones deberán presentarse a la dirección postal del Paseo del Prado 18-20. 28071 Madrid.

Madrid, 1 de febrero de 2012.- La Directora General de Servicios para la Familia y la Infancia, Salomé Adroher Biosca.

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