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Documento BOE-B-2012-43670

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 18 de diciembre de 2012, páginas 59194 a 59194 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-43670

TEXTO

D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 744/12 se ha dictado en fecha 14 de diciembre de 2012 Auto de Declaración de Concurso Ordinario Voluntario del deudor Ratxocos S.L. con CIF B-07225113 de Palma, Ana Jiménez Castillo, Ignacio Jose Jiménez Castillo, Javier Ramón Jiménez Castillo, Paloma Jiménez Castillo con domicilios en Calle Can Serra nº 9,1 de Palma

2º.- Se ha acordado la intervencion de las facultades de administración y disposición de las concursadas.

3º.- Que se ha nombrado administrador de dicho concurso a la entidad IURISTEC CONSULTORIA JURIDICO-ECONOMICA S.L.P. en cuyo nombre el economista D. JOSÉ MIGUEL CREGENZAN SANZ ha aceptado el cargo con fecha 14 de diciembre de 2012

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal o dirección de correo electrónico 744-2012-pm1@iuristec-concursal.com en el plazo de 1 mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal).

Palma, 14 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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