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Documento BOE-B-2012-41665

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 3 de diciembre de 2012, páginas 56528 a 56528 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-41665

TEXTO

Edicto.

En el Juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia n.º 418/12.

En Sevilla, a 15 de noviembre de 2012.

Vistos por mí, Rogelio Reyes Pérez, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial del Juzgado Mercantil n.º 2 de esta sede y su Partido Judicial los presentes autos n.º 812/11 de juicio ordinario mercantil sobre impugnación de acuerdos sociales, seguidos entre partes, de la una, como demandante, la entidad "Disasur, S.L.", representada por el Procurador de los Tribunales D. Francisco de Paula Ruiz Crespo, y defendida por el Letrado D. Jorge Enrique Rojas Moreno, y como demandada, la entidad "Mongar Villasus, S.L.", en situación de rebeldía procesal.

Fallo.

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la mercantil "Disasur, S.L.", representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Ruiz Crespo, contra la entidad "Mongar Villasur, S.L.", en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la nulidad de la Junta Universal de fecha 31 de enero de 2.011, y de todos los acuerdos adoptados en ella, así como de los ulteriores que traigan causa de aquellos o sean su consecuencia.

Condenando a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración.

Y, todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá ser interpuesto ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente, siendo necesaria la constitución de un depósito para recurrir la presente resolución, que deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Sevilla, 15 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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