Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a los efectos previstos en el citado artículo por el presente anuncio se notifica a doña M.ª Concepción Sánchez Martínez, en nombre y representación de "Marítima Valle Gran Rey, S.L.", el acto siguiente:
"Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta de la Subdirección General de Recursos, ha resuelto desestimar el recurso de alzada interpuesto por doña M.ª Concepción Sánchez Martínez, que actúa en nombre y representación de la entidad mercantil 'Marítima Valle Gran Rey, S.L.', contra la Resolución de 3 de junio de 2009 de la Dirección General de la Marina Mercante que:
- Considera responsable principal a la compañía 'Marítima Valle Gran Rey, S.L.', y a D. Gerben Cornelius Van Kaam, responsable subsidiario, de las siguientes infracciones:
a) El gobierno de la embarcación 'Canope', que transportaba pasajeros, careciendo de título habilitante para ello, imponiéndose una sanción de 3.000,00 €, y
b) dedicar la citada embarcación al transporte de pasajeros, con ánimo de lucro y sin haber formalizado el despacho para tal propósito, constando como despachada para alquiler sin tripulación, imponiéndose una sanción de 3.000,00 €.
- Acuerda remitir el expediente a la Capitanía Marítima de Santa Cruz de Tenerife para que sea ésta la que dicte Resolución en el ejercicio de sus competencias respecto a la infracción consistente en no llevar a bordo de la embarcación el Certificado de Navegabilidad.
- Acuerda proceder a la retención del buque en el caso de que no se constituya ante la Caja General de Depósitos una garantía por el total del valor de la sanción impuesta.
La citada Resolución se confirma en sus propios términos. (Expte. 08/520/0016).
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación".
El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana, 67 (Nuevos Ministerios) 28071 Madrid.
Madrid, 6 de noviembre de 2012.- El Subdirector General de Recursos, Isidoro Ruiz Girón.
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