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Documento BOE-B-2012-31811

HUELVA

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 24 de septiembre de 2012, páginas 43459 a 43459 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-31811

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

En el procedimiento Ordinario 297/11 seguido en e Juzgado de 1ª Instancia N.°3 de Huelva a instancia de Cerrajeros de Lepe, Sociedad Limitada contra Ciudad de las Palmeritas, Sociedad Limitada Unipersonal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En nombre de su Majestad el Rey

EN Huelva a quince de mayo de dos mil doce

La Ilma. Sra. Dña. Isabel María Alastruey Ruiz, Magistrada-Juez de Primera Instancia número tres de los de esta Ciudad y su Partido Judicial, ha pronunciado la siguiente Sentencia Número 84

Vistos los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado al número 297/11 a instancia de Cerrajeros de Lepe, Sociedad Limitada representado por el Procurador Sra. González Cordero contra Ciudad de las Palmeritas, Sociedad Limitada Unipersonal en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la representación procesal de Cerrajeros de Lepe, Sociedad Limitada contra Ciudad de las Palmeritas, Sociedad Limitada Unipersonal y, en consecuencia, declarar resueltos los contratos suscritos entre las partes en fecha 18 y 25 de julio de 2007 y condenar a la demandada a pagar al demandante la cantidad de 90.000 euros e interés legal desde la interpelación judicial; se condena al demandado al pago de las costas causadas en la instancia.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Huelva en el plazo de veinte días desde su notificación, previa constitución del depósito legal.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Ciudad de las Palmeritas, Sociedad Limitada Unipersonal, extiendo y firmo la presente

Huelva, 25 de mayo de 2012.- La secretaria Judicial.

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